Texto oficial
Artículo 9° En los acuerdos respecto de los cuales se exija el voto conforme de los Directores Fiscales, se entenderá cumplido el requisito siempre que se adopten con el voto favorable de tres de esos Directores.
Fija el texto definitivo de la ley 5.350, de 8 de enero de 1934, que establecio en favor del estado el estanco de la exportacion y el comercio del salitre y del yodo en chile y creo la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26995 / 9074329.