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Artículo 16 de la Ley 12.033

Fija el texto definitivo de la ley 5.350, de 8 de enero de 1934, que establecio en favor del estado el estanco de la exportacion y el comercio del salitre y del yodo en chile y creo la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26995 / 9074337.

Texto oficial

Artículo 16° El Directorio con el voto conforme de los Directores Fiscales, podrá exigir de las empresas adheridas que distribuyan en las distintas zonas salitreras la producción necesaria para satisfacer sus cuotas, y en cuanto a clase de salitre, que la entrega se haga en proporción a las exigencias del mercado.