Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 20.258

Establece un mecanismo transitorio de devolución del impuesto específico al petróleo diesel en favor de las empresas generadoras eléctricas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 270177 / 8655586.

Texto oficial

Artículo 6º.- El que mediante cualquier procedimiento doloso, obtuviere devoluciones improcedentes o superiores a las que corresponda en conformidad a esta ley, será sancionado según lo dispuesto en el inciso tercero del Nº 4 del artículo 97 del Código Tributario.