Texto oficial
Artículo 3.o. La Comisión de Cambios Internacionales
será la sucesora legal del Consejo Nacional de Comercio
Exterior en todos sus bienes, derechos y obligaciones
patrimoniales.
Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784704.