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Artículo 63 de la Ley 12.084

Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784765.

Texto oficial

ARTICULO 63. Agréganse al artículo 100 de la ley 10,336 los siguientes incisos: "Tratándose de reparos en las cuentas de egresos fiscales por gastos variables, serán directamente responsables solidarios los funcionarios que aparezcan firmando el giro y se dará traslado de estos reparos a dichos funcionarios, procediéndose en lo demás contra ellos en la forma establecida en este capítulo. En caso de que los reparos se refieran a incumplimiento a las leyes de Timbres y Estampillas y otros impuestos que graven los documentos o a la circunstancia de haberse excedido las autorizaciones correspondientes a los gastos, esta responsabilidad se hará tambien extensiva a los Tesoreros Provinciales que den curso a los pagos."