Texto oficial
Artículo 65. El feriado judicial a que se refiere el
artículo 313 del Código Orgánico de Tribunales, no se
aplicará a las actuaciones del Servicio de Impuestos
Internos relacionadas con la presente ley.
Fija el texto de la ley de impuestos a las compraventas, permutas o cualquiera otra convencion que sirva para transferir el dominio de bienes corporales muebles o de derechos reales constituidos sobre estos.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27034 / 9044212.