Texto oficial
Artículo 58.- Modificaciones a la Ley General de Pesca
y Acuicultura. Modifícase la Ley General de Pesca y
Acuicultura en la forma que se indica:
1.- En el artículo 1º, sustitúyese la coma (,) que
sigue a la palabra "acuicultura" por la conjunción "y", y
elimínase la expresión "y deportiva".
2.- Derógase el título VIII.
3.- Derógase el artículo 121.
4.- Agrégase la siguiente oración final en el inciso
primero del artículo 173:
"Asimismo, el Fondo tendrá por objeto financiar
proyectos de investigación sobre especies hidrobiológicas
de importancia para la pesca recreativa, restauración de
hábitat y programas de promoción, fomento,
administración, vigilancia y fiscalizació