Texto oficial
Artículo 59.- Modificaciones en materia de inspectores
ad honorem. Modifícase la ley Nº 18.465 en la forma que se
indica:
1.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 1º
por el siguiente:
"Las denuncias efectuadas por los inspectores ad
honorem constituirán presunción de la existencia de los
hechos denunciados.".
2.- Modifícase el artículo 2º en la forma que se
señala a continuación:
a) Intercálase en el inciso primero la siguiente letra
b) pasando las actuales b) a d) a ser c) a e),
respectivamente:
"b) Ser chileno o extranjero con residencia
definitiva.".
b) Intercálase el siguiente inciso segundo pasando los
actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto,
respectivamente:
"La postulación para inspector ad honorem se abrirá
en los plazos que establezca el Servicio mediante
resolución, la que determinará, además, los antecedentes
que deben proporcionarse en la solicitud de postulación.".
3.- Modifícase el artículo 3º en la forma que se
indica:
a) Sustitúyese en la letra c), la expresión "juzgado
de policía local" por la expresión "tribunal competente".
b) Sustitúyese la letra d) por la siguiente:
"d) Incautar las especies hidrobiológicas y los
elementos con los que se cometió la infracción, con el
solo objeto de ponerlos de inmediato a disposición del
tribunal compe-tente.".
c) Agrégase las siguientes letras h) e i):
"h) Registrar embarcaciones y vehículos utilizados por
pescadores, e
i) Citar al infractor a la audiencia del siguiente día
hábil, bajo apercibimiento de arresto.".
4.- Agrégase al artículo 4º las siguientes letras
c), d), e) y f):
"c) Vencimiento del período de nombramiento
establecido en la resolución correspondiente, si el
interesado no manifiesta por escrito, su deseo de continuar
ejerciendo dicho nombramiento;
d) No realizar actividades de fiscalización en dos
períodos cuatrimestrales consecutivos;
e) Incumplimiento grave de las obligaciones señaladas
en la presente ley o en el reglamento, y f) Por haber sido
condenado por delito o infracción cometido en el ejercicio
de su función.".