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Artículo 39 (DEL NRO. Nº2) de Resolución 425

Deja sin efecto resolución d.g.a. nº 341, de 2005, y establece nuevo texto de resolución que dispone normas de exploración y explotación de aguas subterráneas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 270521 · idParte: 6644835

Texto oficial

Artículo 39º. Las declaraciones de área de restricción y de zona de prohibición darán origen a una comunidad de aguas formada por todos los usuarios de aguas subterráneas comprendidas en ella, siendo responsabilidad de los usuarios organizarse según lo dispuesto en el artículo 37 de la presente resolución.