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Artículo 19 de la Ley 12.401 · Fija la asignacion familiar de las personas que señala

Fija la asignacion familiar de las personas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27087 / 8900089.

Texto oficial

Artículo 19. Se declara, interpretando los artículos 1° y 19° de la ley N° 12,120, que las compraventas, permutas o cualquiera otra convención que sirva para transferir el dominio de bienes corporales muebles situados en territorio extranjero, no han estado sujetas al impuesto establecido en el artículo 1° de la mencionada ley, aun cuando los contratos respectivos se hayan celebrado en Chile.