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Artículo 11 de la Ley 12.417

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1957, en moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27094 / 8857330.

Texto oficial

Artículo 11. La autorización para retirar sumas globales a que se refiere el artículo 38 del D. F. L. N.o 150, de 3 de Agosto de 1953, no podrá ser mayor de $ 5.000.000, durante el año 1957.