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Artículo 20 de la Ley 12.428

Restablece al personal dependiente del ministerio de defensa nacional y carabineros de chile los aumentos quincenales con los porcentajes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27102 · idParte: 9044293

Texto oficial

Artículo 20° Modíficanse los decretos con fuerza de ley 209 y 299, de 1953, en la siguiente forma: Subtitúyense en los artículos 10°, 17°, inciso 1°, 19°, inciso 2°, 22°, letra a), inciso 3°, 24°, letra b), inciso 2°, 50° e inciso 3° del artículo 2° transitorio del decreto con fuerza de ley 209; 12°, inciso 1°, 14°, inciso 2°, 20, letra a), inciso 3° y 41°, del decreto con fuerza de ley 299, la palabra "diez" por "quince".