Texto oficial
Artículo 32°. Los contratos de compraventa que
efectúe la Mutualidad de Carabineros de cualquiera de las
propiedades que forman la Población O'Higgins, ubicada en
la comuna de Santiago, entre las calles Gamero, Brigadier
Carlos Garrido, Avenida Fermín Vivaceta y calle Sargento
Fidel Monge, a sus actuales ocupantes, que sean socios de la
mencionada Mutualidad, estarán exentos, por esta única
vez, del impuesto de transferencia que actualmente es del
8,4%. Para tener derecho a la franquicia indicada, el
adquirente deberá acreditar su calidad de socio de la
Mutualidad de Carabineros, por medio de un certificado
expedido por el gerente de ella, el que deberá insertarse
en la respectiva escritura de compraventa.
Se exceptúa de la franquicia referida la tranferencia
de la propiedad de la Mutualidad de Carabineros, de la
Población O'Higgins, ubicada en la calle Gamero número
2201, por tratarse de un local comercial.