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Artículo 4 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764379.

Texto oficial

Artículo 4.o.- A partir del 21 de Mayo de 1957, el monto de la dieta parlamentaria será de $ 125.000 mensuales.