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Artículo 67 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764442.

Texto oficial

Artículo 67. Facúltase a las Municipalidades, para modificar sus presupuestos a fin de considerar los recursos establecidos en esta ley.