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Artículo 69 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764444.

Texto oficial

Artículo 69. A los ex empleados a contrata del Instituto de Seguros del Estado se les reconocerá, para todos los efectos legales, el tiempo efectivamente servido en esa Institución según sus contratos de trabajo, aunque éstos no hayan sido registrados en la Contraloría General de la República.