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Artículo 89 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764464.

Texto oficial

Artículo 89. Modifícase el inciso final del artículo 15 de la ley N.o 10,223, en la siguiente forma: Agregar, después de la palabra "médico", las palabras "o dentistas" y después de las palabras "Colegio Médico de Chile", las palabras "o Colegio de Dentistas de Chile".