Texto oficial
Artículo 14. El Consejo General convocará a Asamblea General cada tres años para dar cuenta de la memoria del Consejo General del Colegio y dilucidar temas de carácter científico, técnico y gremial. La sede de cada Convención y su programa serán fijados por el Consejo General, previa consulta a los Consejos Provinciales.