Saltar al contenido

Artículo 98 A (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 271221 · idParte: 10479458

Texto oficial

Artículo 98 A.- Las entidades inscritas, deberán enviar por medios electrónicos y en forma trimestral en los meses de enero, abril, julio y octubre a la A.F. competente una relación actualizada de sus socios.