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Artículo 98 E (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 271221 · idParte: 10479462

Texto oficial

Artículo 98 E.- Deberá disponer de un polígono de tiro para efectuar la fase práctica del curso especializado. El polígono deberá estar inscrito y contar con certificación vigente en los términos de este reglamento.