Texto oficial
Artículo 192 E.- La inscripción tendrá una
validez de cinco años y las renovaciones deberán ser
solicitadas antes de la fecha de su vencimiento presentando
un Certificado de Antecedentes para Fines Especiales. Si no
se hace dentro de dicho plazo, la inscripción se considera
caducada y el interesado deberá solicitar una nueva
inscripción, dando un plazo máximo para esta nueva
inscripción de 10 días hábiles. De no cumplirse con el
plazo la A.F. deberá solicitar la entrega de la munición.
En caso de que un coleccionista no desee renovar su
inscripción, podrá traspasar la munición a otra persona
que cumpla con los requisitos establecidos mediante una
Guía de Libre Tránsito, donar a un museo inscrito en la
DGMN o entregar para su destrucción.