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Artículo 202 B (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 271221 · idParte: 10480271

Texto oficial

Artículo 202 B.- Para el caso de empresas de vigilantes privados debidamente autorizadas por el OS-10 de Carabineros de Chile, la DGMN analizará caso a caso la solicitud presentada.