Texto oficial
Artículo 206 A.- La DGMN como ente a cargo de la
supervigilancia y control de la ley, actuará como
coordinador en elaboración del Plan Anual de
Fiscalizaciones de Armas de Fuego y Municiones. Para esta
actividad la Jefatura de Zona de Seguridad Privada y Control
de Armas, Carabineros de Chile y la Policía de
Investigaciones de Chile, deberán designar personal de sus
unidades quienes en conjunto deberán elaborar y proponer
anualmente un plan de fiscalizaciones coordinado, el que
deberá ser presentado hasta el 30 de agosto de cada año al
Ministerio del Interior y Seguridad Pública y al Ministerio
de Defensa Nacional para su revisión, coordinación y
aprobación. Este será aplicado a partir del año
inmediatamente siguiente. Este Plan será autorizado y
divulgado a quienes corresponda por medio de una resolución
conjunta del Ministerio de Defensa Nacional y Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, con carácter de reservado.