Texto oficial
Artículo 43.- Los interesados que soliciten la
renovación anual antes del plazo de vencimiento, sólo
deberán acompañar una solicitud en que se especifique los
rubros que renueva, patente municipal o minera al día,
según sea el caso. Para los clubes de tiro se pedirá un
documento de la Federación, en que certifique que a la
fecha de la renovación se encuentra federado y pagar la
tasa de derechos correspondiente.
Si el interesado no renueva en la fecha prevista, ésta
se considerará caducada, debiendo a futuro realizar todos
los trámites como una nueva inscripción.
Respecto de los usuarios inscritos en el rubro
relacionado con la comercialización de armas de fuego, y
que no renovaran en la fecha prevista, la DGMN deberá
solicitar al Servicio de Impuestos Internos la información
sobre el término de giro, con la finalidad de que previo a
su disolución enajene las armas de fuego y elementos
controlados que posea a quien cumpla con los requisitos para
inscribirlos o comercializarlos.