Texto oficial
Artículo 133.- La DGMN mantendrá abierto el acceso de
consultas de su base de datos del Registro Nacional de Armas
a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de
Chile, Ministerio Público y Unidad de Análisis Financiero
en los niveles dispuestos, durante las 24 horas del día,
todos los días del año. Cuando por razones técnicas o de
otro tipo este enlace se vea interrumpido, las consultas y
respuestas deberán ser realizadas por estas Instituciones,
por otros medios tecnológicos compatibles con la DGMN, que
empleen y tengan niveles de seguridad comunicacional
probados y aceptables.