Texto oficial
Artículo 185.- Para obtener la inscripción, los
interesados deberán acompañar los siguientes antecedentes:
a) Presentar solicitud ante la A.F. respectiva.
b) Certificado de Antecedentes para Fines Especiales.
c) Informe de inspección del lugar de almacenamiento.
d) El certificado del BPCH, con el fin de obtener su
exacta identificación, estado de uso y determinar si
corresponde a un arma permitida por la ley.
En el caso de las armas inutilizadas el BPCH deberá en
su certificado de asistencia técnica establecer que la
inutilización no puede ser reversible.