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Artículo 214 (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 271221 · idParte: 8436320

Texto oficial

Artículo 214.- Para obtener la inscripción como Consumidor Habitual de Explosivos los interesados presentarán ante la Autoridad Fiscalizadora correspondiente al lugar de la faena, los siguientes documentos: a) Solicitud de inscripción entregada por la Autoridad Fiscalizadora. b) Documento que avale su actividad: 1) Pirquineros, Materialeros, Pequeño Minero y canteros. . Original de certificado de dominio vigente de la pertenencia minera o fotocopia autenticada ante Notario Público. En caso que este documento se encuentre en trámite podrán presentar la manifestación minera o acta de mensura. . Contrato de comodato o arriendo, en caso que no sea propietario del lugar de la faena. 2) Mediana y Gran Minería. . Antecedentes legales de la sociedad. . Patente minera al día. . Original del certificado de dominio vigente o fotocopia autenticada ante Notario Público. En caso que este documento se encuentre en trámite, podrán presentar la manifestación minera o acta de mensura. . Contrato de comodato o arriendo en caso que no sea propietario del lugar de la faena. 3) Empresas y Personas Naturales Contratistas. . Antecedentes legales de la sociedad o empresa. . Iniciación de actividades relacionado con el permiso que se solicita. . Patente Municipal al día. c) Antecedentes sobre el almacén de explosivos legalizado a su nombre, en que se guardarán los explosivos. d) Relación de los Manipuladores de Explosivos con sus respectivos números de registro o licencia. e) Certificado de Antecedentes para Fines Especiales del representante legal. En caso de no contar con un Almacén de Explosivos inscrito, deberá presentar conjuntamente con la inscripción de Consumidor Habitual, los antecedentes del Almacén de Explosivos. La Autoridad Fiscalizadora deberá enviar estos documentos a la Dirección General, previo estudio de los antecedentes acompañados. La Dirección General, podrá aprobar la solicitud mediante la entrega de una Resolución que remitirá a la Autoridad Fiscalizadora para la comunicación del interesado.