Texto oficial
Artículo 247.- Para renovar la inscripción, el
usuario deberá concurrir ante la Autoridad Fiscalizadora
del lugar donde se encuentre trabajando, presentando la
última lista de control efectuado por el Departamento de
Prevención de Riesgos, fotocopia de revisión técnica y
permiso de circulación. En caso de no renovar en el plazo
estipulado deberá presentar todos los antecedentes como una
nueva inscripción.