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Artículo 260 (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271221 / 8436372.

Texto oficial

Artículo 260.- Al menos una vez al año las Autoridades Fiscalizadoras Regionales, controlarán con la Autoridad Local correspondiente, la ubicación y distancias de seguridad de los polvorines, enviando una copia de esta inspección a la D.G.M.N.