Texto oficial
Artículo 302.- El Instituto de Investigaciones y
Control del Ejército en su función de Banco de Pruebas de
Chile, incluirá en el catálogo nacional de Artificios
Pirotécnicos el elemento autorizado a fabricar.
Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271221 / 8436425.