Texto oficial
Artículo 313.- La Autoridad Fiscalizadora al momento
de efectuar la inspección previa, en coordinación con la
empresa contratante del evento, verificará los siguientes
aspectos de seguridad, antes de otorgar la autorización:
a) Controlar que la persona técnica responsable del apoyo
pirotécnico del evento y sus asistentes sean claramente
identificables por su vestimenta, y deberán además portar
en forma permanente y en un lugar visible la credencial que
los acredita como tales.
b) La empresa responsable de los efectos de interior
deberá dar a conocer a todos los participantes, sean estos
artistas, profesionales, técnicos, operarios u otros, de
los efectos que se emplearán en el escenario, el lugar en
que éstos serán instalados, las distancias de seguridad
especificadas para cada elemento, la altura que alcanzan y
el momento en que éstos serán activados y su duración.
c) La instalación de los artificios deberá considerar
una distancia mínima de 4,5 metros desde donde se ubiquen
personas, animales, materias sensibles o inflamables. Se
exceptúan aquellos que traen especificadas en sus etiquetas
las distancias de seguridad y para los artificios de ruido,
que por su efecto deben estar a una distancia mayor.
d) El técnico encargado de activar cada efecto, debe
tener visibilidad completa del escenario o lugar donde se
instalarán y producirán los efectos programados.
e) Se deberá dar estricto cumplimiento con las
especificaciones de aquellos elementos que las traen en las
etiquetas de los envases de los artificios, donde figura el
tipo de encendido y las distancias de seguridad.
f) Cuando aparezcan artificios con sus envases dañados o
el producto se encuentre fuera del envase, éste se deberá
apartar e inutilizar.
g) La activación de los artificios pirotécnicos de
interior siempre se debe hacer mediante vía eléctrica
(gota eléctrica)
h) Se debe contar con elementos contra incendio (un
extintor de 6 Kgs. tipo ABC multipropósito como mínimo) en
las proximidades del área, desde el momento que se inicia
el montaje, hasta el retiro de la totalidad de los
accesorios y elementos sobrantes.
i) Considerará elementos de primeros auxilios, ante la
eventualidad de un accidente, motivado por la activación
accidental de algún elemento pirotécnico.
j) En la eventualidad que la seguridad del orden público,
no esté a cargo de Carabineros de Chile, la empresa
contratante del espectáculo, deberá contar con guardias de
seguridad.
k) La empresa ejecutante de los efectos de escenario
deberá presentar a la Autoridad Fiscalizadora, un
procedimiento en caso de falla en la activación de uno o
varios elementos pirotécnicos.
l) Durante el espectáculo no se debe permitir el ingreso
de personas ajenas a la zona, la cual deberá encontrarse
señalizada.
m) Todos los elementos considerados para la ejecución del
espectáculo deben ser utilizados en él. De existir
elementos sobrantes, éstos deberán ser entregados en los
almacenes de origen.
n) El montaje de los efectos de escenario deberá ser
hecho como última actividad, antes del inicio del
espectáculo, debiendo encontrarse en el lugar, el
coordinador de la empresa contratante y el responsable
técnico de los efectos de escenario, actividad que debe ser
controlada por la Autoridad Fiscalizadora, conforme a lista
de chequeo.
ñ) Estará estrictamente prohibido fumar durante el
proceso de armado ydesarrollo del evento.
Además, todas las personas que participan en la
realización y ejecución del espectáculo o evento deben
ser mayores de 18 años.
o) Las solicitudes para la realización de estos
espectáculos, deberán ser presentadas a las Autoridades
Fiscalizadoras, con a lo menos 10 días de antelación del
evento.