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Artículo 51 de la Ley 12.462 · Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27127 / 8999886.

Texto oficial

Artículo 51. Declárase, interpretando el artículo 6.o de la ley N.o 5,686, publicada en el "Diario Oficial" de 17 de Septiembre de 1935, y el artículo 4.o del decreto con fuerza de ley N.o 275, publicado en el "Diario Oficial" de 3 de Agosto de 1953, que el Director General de Impuestos Internos ha tenido y tiene la facultad de rebajar o condonar cualquier clase de sanciones, sean éstas fijas o variables, que resulten de aplicar las leyes tributarias cuya fiscalización le compete.