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Artículo 5 del Decreto 8

Crea consejos asesores regionales de mayores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271432 / 8676281.

Texto oficial

Artículo 5º.- Cada Consejo Asesor Regional de Mayores, de acuerdo a su reglamento, deberá elegir una mesa coordinadora que ejerza las siguientes funciones: a) Servir de instancia de coordinación y gestión, y b) Convocatoria y comunicaciones. De la misma forma, deberá definir un Coordinador del Consejo, que ejerza como vocero y representante del mismo.