Texto oficial
Artículo 7º.- Los Consejos Asesores Regionales de Mayores dictarán su propio reglamento interno para regular su funcionamiento, el que deberá ser depositado en el Servicio Nacional del Adulto Mayor.
Crea consejos asesores regionales de mayores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271432 / 8676283.