Texto oficial
Artículo 3° Deróganse los artículos 30°, 31°, 32° 33°, 34° y 35° del decreto con fuerza de ley 287, de 25 de julio de 1953.
Fija normas para calificar a los funcionarios del servicio exterior, deroga los articulos 30º al 35º del decreto con fuerza de ley 287, de 25 de julio de 1953, que aprobo el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27220 / 8854050.