Texto oficial
Artículo 10 Agrégase al final del inciso primero del
artículo 5° de la ley número 12,434, suprimiendo el punto
(.), la siguiente frase: "o que rijan en el futuro".
Reajusta sueldos y jornales de los sectores publico y privado y las pensiones de jubilacion y montepio que indica y modifica la legislacion tributaria vigente.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27237 / 9079118.