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Artículo 60 de la Ley 12.861

Reajusta sueldos y jornales de los sectores publico y privado y las pensiones de jubilacion y montepio que indica y modifica la legislacion tributaria vigente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27237 / 9079168.

Texto oficial

Artículo 60° Substitúyese en el artículo 3° de la ley N° 11,741, modificada por la ley N° 12,084, la expresión "60%" por "40%" y en el artículo 5° la expresión "mil" por "dos mil".