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Artículo 71 de la Ley 12.861

Reajusta sueldos y jornales de los sectores publico y privado y las pensiones de jubilacion y montepio que indica y modifica la legislacion tributaria vigente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27237 / 9079179.

Texto oficial

Artículo 71. Introdúcese a la ley N° 12,120 sobre impuesto a las compraventas, permutas o cualquiera otra convención que sirva para transferir el dominio de bienes corporales muebles, la siguiente modificación: "Agrégase al final del inciso quinto del articulo 1°, la frase: "Se declara que estarán afectas a este impuesto las tintorerías industriales."