Texto oficial
Artículo 81. Concédese un aporte extraordinario de $
753.000.000 a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado,
con el fin de que atienda a la construcción de obras
ferroviarias de acuerdo con lo dispuesto en el D.F.L. N°
12/414, de 27de Agosto de 1957, pudiendo pagarse con cargo a
esta suma las cantidades adeudadas al 31 de Diciembre de
1957 por concepto de jornales y asignación familiar.