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Artículo 99 de la Ley 12.861

Reajusta sueldos y jornales de los sectores publico y privado y las pensiones de jubilacion y montepio que indica y modifica la legislacion tributaria vigente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27237 / 9079207.

Texto oficial

Artículo 99. Agrégase a continuación de la letra h) del artículo 53° de la ley N° 10,383, de 8 de Agosto de 1952, reemplazándose el punto y coma (;) por una coma (,), la siguiente frase: "y las devoluciones que por cualquier concepto ordene efectuar la Dirección General de Impuestos Internos."