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Artículo 102 de la Ley 12.861

Reajusta sueldos y jornales de los sectores publico y privado y las pensiones de jubilacion y montepio que indica y modifica la legislacion tributaria vigente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27237 / 9079210.

Texto oficial

Artículo 102. Modifícase el artículo 26° de la ley N° 11,986, reemplazando la cantidad de "$ 1.000" por "$ 1.500" y la cantidad de "$ 12.000.-" por "$ 18.000.-".