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Artículo 3 de la Ley 12.873

Fija el minimo de las pensiones que paga el servicio de seguro social y modifica la ley n.o 10,383

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27249 · idParte: 7174880

Texto oficial

Artículo 3.o Modifícanse los artículos 11.o y 13.o de la ley N.o 10,383, agregándoles la siguiente letra nueva: "Un representante de los obreros pensionados designado directamente por las instituciones de jubilados del Servicio de Seguro Social, con personalidad jurídica, en la forma que determine el reglamento respectivo."