Texto oficial
Artículo 27. Se declara interpretando el artículo 25 de la ley N° 10,475, que el año de la concesión de la pensión es el que corresponde al de la última imposición efectuada por el jubilado.
Fija la escala de grados y sueldos del personal de la caja de prevision de empleados particulares
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27269 / 8830496.