Texto oficial
Artículo primero transitorio.- El artículo único de esta ley comenzará a regir el 1 de enero de 2008.
Modifica el d.f.l. nº 1 de 2001, del ministerio de hacienda, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.420, que establece incentivos para el desarrollo económico de las provincias de arica y parinacota
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 272719 / 8676365.