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Artículo 23 de la Ley 20.267

Crea el sistema nacional de certificación de competencias laborales y perfecciona el estatuto de capacitación y empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 272829 · idParte: 8052205

Texto oficial

Artículo 23.- La Comisión supervisará que los procesos de evaluación y certificación, sean ejecutados por los Centros de acuerdo al Sistema que crea esta ley, debiendo velar porque éstos den cumplimiento a las obligaciones contempladas en la presente ley y en su reglamento. Para estos efectos, la Comisión podrá requerir de los administradores y responsables de los Centros, todas las explicaciones y antecedentes que juzgue necesarios. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las facultades que les corresponden a otros organismos.