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Artículo 27 de la Ley 20.267

Crea el sistema nacional de certificación de competencias laborales y perfecciona el estatuto de capacitación y empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 272829 / 8052212.

Texto oficial

Artículo 27.- Podrá disponerse del financiamiento público a que se refieren las letras b), c) y d) del artículo anterior, sólo para los procesos de evaluación y certificación de competencias laborales cuando concurran las siguientes circunstancias: a) Que se ejecuten por los Centros acreditados por la Comisión. b) Que se basen en los criterios, procedimientos, metodologías y unidades de competencias laborales validadas por la Comisión.