Texto oficial
Artículo 15.- Se declara que las exenciones establecidas en el artículo 93 de la ley N° 12,861, no afectan al impuesto al flete establecido en la letra f), del artículo 4º, de la ley N° 6,037, Orgánica de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, modificada por las leyes números 9,689 y 11,859.