Texto oficial
Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia a contar de su publicación en el Diario Oficial.
Otorga bono para los pensionados que indica, efectúa un aporte extraordinario al fondo común municipal y rebaja los aranceles para la importación de bienes de capital
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 272916 / 7373505.