Texto oficial
Artículo 23. La proposición y la conspiración para cometer alguno de los delitos sancionados en esta ley, serán castigadas con la pena señalada al delito consumado, rebajada en uno o dos grados.
Seguridad interior del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27292 / 8280464.