Saltar al contenido

Artículo 29 de la Ley 12.937

Establece un regimen especial aduanero para la exportacion, importacion y fomento de los departamentos de pisagua, iquique, taltal y chañaral.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27300 / 8857407.

Texto oficial

Artículo 29. Las viviendas que se construyan en el radio urbano de la provincia de Atacama quedarán exentas del pago de contribuciones de bienes raíces durante diez años.